Asalto

La agresión, tal como se define en los artículos 300 y 302 del Código Penal (Sr), incluye tanto la agresión simple como la agravada. Estos delitos implican infligir lesiones físicas o dolor a otra persona, siendo la agresión con agravantes castigada más severamente debido a (la intención de) la gravedad de la lesión. ¿Ha sido acusado de agresión?

En Van Meekren Advocatuur, su caso está en buenas manos.

Defensa en caso de agresión

En Van Meekren Advocatuur, le garantizamos una asistencia experta y dedicada, independientemente de la complejidad de su caso.

Van Meekren Advocatuur tiene una amplia experiencia en la asistencia a clientes acusados de agresión. Ofrecemos asesoramiento experto y defensa para proteger sus intereses.

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Soy sospechoso de agresión

¿Es sospechoso de agresión? Si es así, Van Meekren Advocatuur puede hacer por usted, entre otras cosas, lo siguiente:

  • Asistencia durante el interrogatorio;

  • oír a los testigos en el tribunal de magistrados o en la vista;

  • Ayudar a reunir pruebas exculpatorias;

  • representarle ante los tribunales.

En caso de sospecha de agresión, es importante que solicite asistencia jurídica lo antes posible. Cuanto antes intervengamos, más podremos hacer por usted.

Más información sobre malos tratos

  • La agresión consiste en infligir deliberadamente dolor o lesiones físicas a otra persona. Puede ir desde formas leves de violencia física, como golpear o empujar, hasta formas más graves que provocan lesiones físicas serias. Se requiere la intención del agresor de infligir dolor o lesiones.

  • Artículo 300(1) Sr: agresión simple

    "1. La agresión consiste en infligir intencionadamente dolor o lesiones físicas a otra persona. Puede ir desde formas leves de violencia física, como golpear o empujar, hasta formas más graves que provocan lesiones físicas serias. Se requiere la intención del agresor de infligir dolor o lesiones".

    Artículo 302(1) Sr: agresión con agravantes

    "1. La agresión consiste en infligir intencionadamente dolor o lesiones físicas a otra persona. Puede ir desde formas leves de violencia física, como golpear o empujar, hasta formas más graves que provocan lesiones físicas serias. Se requiere la intención del agresor de infligir dolor o lesiones".

  • Para una condena por agresión, deben cumplirse los siguientes requisitos:

    • Intención: El agresor debe haber tenido la intención de infligir dolor o lesiones.

    • Dolor o lesiones: Debe haber dolor o lesiones reales infligidos.

    Para la condena por agresión con agravantes, también deben cumplirse los siguientes requisitos:

    • Lesión corporal grave: La lesión debe ser de tal gravedad que entre en la definición de lesión corporal grave.

    • Intención de infligir lesiones corporales graves: En la agresión con agravantes, el agresor no sólo debe haber tenido la intención de infligir dolor o lesiones, sino que debe haber tenido la intención de infligir lesiones corporales graves.

  • La intención es un elemento crucial tanto en la agresión simple como en la agravada. Esto significa que el agresor debe haber actuado de forma más o menos deliberada. En algunos casos, la intención es fácil de establecer - por ejemplo, si alguien ha declarado su intención de herir a la otra persona - pero a menudo hay debate sobre esto. En muchos casos, la diferencia entre intención y culpa no está clara. Tomemos, por ejemplo, una operación muy mal hecha a consecuencia de la cual un paciente tiene que ir por la vida mutilado. Entonces, ¿el médico queda libre, es culpable de la consecuencia o actuó (incluso) intencionadamente ante la (grave) lesión?

    La jurisprudencia ha desarrollado la doctrina de la "intención condicional" para estas cuestiones límite: Si una persona acepta conscientemente la probabilidad sustancial de una consecuencia determinada, ya está actuando intencionadamente en un sentido jurídico. Un médico no será fácilmente condenado por agresión, pero es posible. En ese caso, el médico debe haber actuado muy mal. Para un ejemplo de jurisprudencia, véase el caso del médico de los senos de La Haya.

  • Una condena por agresión requiere dolor o lesiones físicas a la víctima. En el caso de una agresión simple, puede tratarse desde contusiones o abrasiones leves hasta lesiones más visibles. Para la agresión con agravantes, las lesiones deben ser más graves, como huesos rotos, cortes profundos, gran pérdida de sangre o lesiones con secuelas permanentes.

  • La agresión con agravantes requiere (intención de infligir) lesiones corporales graves. ¿Cuándo se producen lesiones corporales graves? El artículo 82 del Código Penal responde a esta pregunta:

         "1. Se considerarán lesiones corporales graves la enfermedad que no deje perspectivas de curación completa, la incapacidad permanente para el ejercicio de sus funciones oficiales o profesionales y el aborto o la muerte del feto de una mujer.

        2. Las lesiones corporales graves incluirán la interferencia con la capacidad mental que haya durado más de cuatro semanas."

    Si no existe la intención de causar lesiones corporales graves, pero éstas se producen, no se cumplen los requisitos de las lesiones corporales graves. En esas circunstancias, una persona puede ser responsable de una forma cualificada de agresión simple.

  • La pena por agresión puede variar en función de la gravedad de la violencia cometida y de sus consecuencias:

    • Agresión simple: pena máxima de tres años de prisión o multa de cuarta categoría. Si el delito produce lesiones corporales graves, la pena puede ser de hasta cuatro años de prisión o una multa superior.

    • Agresión con agravantes: pena máxima de ocho años de prisión o multa de quinta categoría. Si el delito causa la muerte, la pena puede ser de hasta diez años de prisión o una multa superior.

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