Acuerdo en el caso del TEDH sobre detención preventiva

Una vez más, los Países Bajos han demostrado que ingresan con demasiada facilidad a los sospechosos en prisión preventiva y que no motivan suficientemente sus decisiones al respecto: el caso que Bram Horenblas llevó ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre esta cuestión no acabó en condena, sino en un acuerdo con indemnización para el cliente.

¿Qué ha pasado?

El cliente era sospechoso de posesión y producción de anfetamina y se encontraba en prisión preventiva a tal efecto. En varias ocasiones, la defensa solicitó la suspensión de la prisión preventiva, incluso durante el recurso contra la prórroga de la orden de prisión el 21 de diciembre de 2022. En ese momento, entre otras cosas, se había examinado la posibilidad de la suspensión con vigilancia mediante tobillera, y así se hizo. La defensa había argumentado además que la familia del cliente corría peligro de desintegrarse y que él corría el riesgo de perder su buen nombre, su reputación y sus fuentes legales de ingresos.

Observando que sólo quedaba el motivo de reincidencia, el tribunal se negó no obstante a suspender la prisión preventiva. El tribunal justificó su decisión con sólo unas pocas frases. El tribunal declaró que el interés de la justicia penal en mantener la prisión preventiva debería pesar más que el interés personal del acusado en suspenderla. Las supuestas circunstancias personales pesarían menos que la gravedad de los delitos de los que se sospecha que es sospechoso el acusado y la naturaleza de los motivos. El tribunal se refirió a una condena anterior y a un recurso en curso, pero no hizo ninguna referencia a la posibilidad de suspensión con vigilancia con tobillera.

Contra esta decisión, la defensa presentó una denuncia ante el TEDH. En ella, la defensa se quejaba, entre otras cosas, de que se había violado el artículo 5, apartado 3, del CEDH porque la decisión del tribunal carecía de motivación suficiente.

El 27 de noviembre de 2023, el TEDH notificó que la demanda era admisible. En dicha notificación, el TEDH resumió los hechos relevantes y dio a las partes la oportunidad de llegar a un acuerdo entre ellas. Puede volver a leer esa notificación en el sitio web del TEDH o haciendo clic en este enlace.

El Estado de los Países Bajos ofreció finalmente pagar una indemnización de 1.500 euros, oferta que fue aceptada. Sobre esta base, el TEDH retiró el caso de la lista mediante decisión de 11 de abril de 2024. También puede leer esa decisión en el sitio web del TEDH o haciendo clic en este enlace.

¿En qué consiste el acuerdo?

El acuerdo implica que el Estado de los Países Bajos pague una indemnización de 1.500 euros. Por tanto, no se dicta sentencia. Sin embargo, es fácil deducir que los Países Bajos no respetaron los derechos fundamentales del CEDH en este caso.

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