Abogado penalista posesión de drogas
¿Es sospechoso de posesión prohibida de drogas? ¿O se han encontrado drogas en su casa o en una propiedad de la que usted es responsable? Si es así, necesita inmediatamente un abogado experto en posesión de drogas que represente sus intereses. Ya se trate de drogas blandas o duras, de pequeñas cantidades para uso personal o de cantidades mayores en las que se sospecha tráfico: un caso penal puede tener consecuencias importantes para su libertad, su trabajo y su futuro.
En Van Meekren Advocatuur contamos con una amplia experiencia para guiarle en el proceso penal y/o asesorarle.
¿Cuándo contratar a un abogado penalista por posesión de drogas?
Puede contratar a un abogado especializado en posesión de drogas siempre que lo desee. Los momentos más comunes son:
En caso de detención o citación para interrogatorio por posesión de drogas;
Al registrar su casa, coche o teléfono en relación con las drogas;
bajo sospecha de tráfico de drogas o de posesión de existencias;
Cuando esté en prisión preventiva por posesión de drogas;
Si desea asesoramiento sobre los límites de lo permitido;
Si desea asesoramiento para evitar que otras personas cometan delitos, como empleados o inquilinos.
Aunque se trate de pequeñas cantidades de droga para uso personal, su posesión es punible y puede tener consecuencias legales.
Soy sospechoso de posesión de drogas
Si es sospechoso de posesión de drogas, es importante que contrate a un abogado especializado en posesión de drogas. Aquí, usted ha venido al lugar correcto. Entre otras cosas, podemos hacer lo siguiente por usted:
Asistencia durante el interrogatorio;
oír a los testigos en el tribunal de magistrados o en la vista;
Ayudar a reunir pruebas exculpatorias;
representarle ante los tribunales.
Si es sospechoso de posesión de drogas, es importante que contrate a un abogado penalista especializado lo antes posible. Cuanto antes nos involucremos, más podremos hacer por usted.
Preguntas frecuentes sobre posesión de drogas
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Sí. Holanda prohíbe la presencia de estupefacientes (drogas). Esto se aplica no sólo a las drogas duras, sino también a las blandas. Incluso la posesión de cannabis está prohibida, pero no siempre se persigue (véase más abajo la política de persecución).
La Ley del Opio enumera las sustancias exactas de que se trata. La lista I recoge las diversas sustancias consideradas drogas duras, como la heroína, la cocaína y el MDMA. La lista II recoge las sustancias consideradas drogas blandas, como el cáñamo, el qat y las setas mágicas.
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La posesión de drogas está siempre prohibida, pero en determinadas circunstancias no será detectada ni perseguida. Por regla general, no se impone ninguna sanción si se trata de una pequeña cantidad para uso personal. La Fiscalía utiliza los siguientes umbrales a este respecto:
- Drogas duras: 0,5 gramos (polvo), 1 pastilla o 1 unidad de GHB.
- Cáñamo: 5 gramos. Hasta 30 gramos, no se produce ninguna detección activa, pero puede acarrear una sanción penal si se descubre.
- Setas: 0,5 gramos desecadas o 5 gramos frescas/no desecadas
- Qat: 1 manojo (aprox. 200 gramos).
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En cada caso individual, el juez tendrá que decidir qué castigo es apropiado y necesario. Por lo tanto, no existe una pena fija. Sin embargo, el tribunal aplica directrices para la posesión de drogas. La posesión de drogas duras suele castigarse más severamente que la posesión de drogas blandas, y la posesión de grandes cantidades suele castigarse más severamente que la posesión de pequeñas cantidades.
El juez no está vinculado por los hitos. Un abogado especializado en posesión de drogas puede presentar argumentos para lograr un resultado favorable para usted.
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