Abogado penalista violencia doméstica

Las peleas domésticas pueden llegar a las manos. En algunos casos, el derecho penal está a la vuelta de la esquina. ¿Es este su caso y está buscando un abogado penalista tras haber sido acusado de violencia doméstica?

Van Meekren Advocatuur ofrece asistencia experta y comprometida.

¿Qué es la violencia doméstica?

La violencia doméstica no está definida en el Código Penal. La violencia doméstica suele perseguirse como agresión, pero a veces también como (intento de) agresión con agravantes o incluso como (intento de) homicidio. También ocurre que el fiscal persigue delitos conexos, como amenazas, acecho (stalking) o vandalismo.

Soy víctima de violencia doméstica

En la actualidad, Van Meekren Advocatuur no asiste a víctimas de violencia doméstica. Le recomendamos que se ponga en contacto con un abogado especializado en casos de víctimas. En el pasado hemos trabajado con Hedwig Tack, de Tack Strafrechtadvocatuur(https://www.tack.nl/). En caso necesario, puede dirigirse a ella.

Soy sospechoso de violencia doméstica

¿Es sospechoso de violencia doméstica? Si es así, Van Meekren Advocatuur puede hacer por usted, entre otras cosas, lo siguiente:

  • Asistencia durante el interrogatorio;

  • oír a los testigos en el tribunal de magistrados o en la vista;

  • Ayudar a reunir pruebas exculpatorias;

  • representarle ante los tribunales.

La obtención de pruebas exculpatorias tiene su propia dinámica en los casos de violencia doméstica. Las discusiones rara vez son aisladas. La otra persona también puede tener algo que ver en ellas. A veces la relación entre ambos es compleja y la disputa viene de lejos. Cuando es necesario, profundizamos para sacar a la luz esta complejidad.

En caso de sospecha de violencia doméstica, es importante que solicite asistencia jurídica lo antes posible. Cuanto antes intervengamos, más podremos hacer por usted.

Más información sobre violencia doméstica

  • La política de enjuiciamiento del fiscal en los casos de violencia doméstica está recogida en la Directiva sobre el procedimiento penal por violencia doméstica y en las Instrucciones sobre violencia doméstica y maltrato infantil.

    La fiscalía entiende por "violencia doméstica" la violencia cometida en el ámbito privado. Por tanto, el término "doméstico" no se centra en el lugar, sino en la relación entre el agresor y la víctima. Por lo tanto, la violencia doméstica puede tener lugar en otros lugares que no sean interiores (véanse las Instrucciones sobre violencia doméstica y maltrato infantil).

    En los casos de violencia doméstica, el principio básico es que se emiten citaciones. Esto significa que el fiscal no desestimará rápidamente el caso con una orden de sobreseimiento o castigo. Un segundo punto de partida es que la violencia debe cesar. La seguridad en el sistema familiar o en el hogar es primordial. Por lo tanto, el fiscal intentará garantizar que los problemas subyacentes también se traten mediante una sentencia suspendida con condiciones especiales, como atención a la adicción, problemas de agresividad o mediación. Debería - según el fiscal - "orientarse hacia la supervisión por parte del servicio de libertad vigilada, en combinación con la asistencia a un curso de formación, una intervención conductual reconocida o un tratamiento o asesoramiento ambulatorio". (véase la Directiva sobre el procedimiento penal por violencia doméstica).

  • El sitio Directiva sobre el procedimiento penal por violencia doméstica del Ministerio Fiscal ofrece una buena indicación de las penas que pueden imponerse tras una condena por violencia doméstica. La directriz distingue según la gravedad de las lesiones, la forma en que se produjo la violencia (si se utilizó o no un arma/objeto) y si hay reincidencia. Así, los requisitos de castigo descritos van desde la suspensión parcial de los servicios a la comunidad para un primer delincuente en el caso de agresión simple sin lesiones hasta una pena de prisión de hasta seis meses por intento de agresión con agravantes en el caso de un reincidente que además utilice un objeto en el proceso.

    Dos advertencias son apropiadas aquí. En primer lugar, la Directiva sobre el procedimiento penal por violencia doméstica describe la política del Ministerio Fiscal y, por tanto, da una buena indicación de la exigencia de pena del Ministerio Fiscal. Si el juez sigue ese requisito es una segunda cuestión.

    En segundo lugar, los casos de violencia doméstica suelen requerir una personalización. Dependiendo de las circunstancias del caso, la exigencia del fiscal también puede ser mayor o menor que la definida en la directriz.

  • En casos de violencia doméstica, el fiscal adjunto o el alcalde pueden imponer una orden de alejamiento temporal de 10 días. Puede prorrogarse hasta un máximo de cuatro semanas. Durante este periodo, el objetivo es conseguir ayuda tanto para el agresor como para la víctima y los hijos. Durante este periodo, el agresor tampoco puede ponerse en contacto con su pareja ni con sus hijos. Si el agresor no cumple la orden de alejamiento temporal, se arriesga a una pena de prisión de hasta dos años.

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